Notificación Sanitaria de Productos Cosméticos


Procedimiento de Notificación Sanitaria para Productos Cosméticos en Colombia

Los productos cosméticos comercializados en Colombia requieren una Notificación Sanitaria Obligatoria (NSO) conforme a la Decisión 516 de la Comunidad Andina de Naciones (CAN). Este artículo detalla el procedimiento vigente y los requisitos aplicables.

Marco Regulatorio

  • Decisión 516 de la CAN: Armonización de legislaciones sobre productos cosméticos
  • Resolución 1482 de 2012 (CAN): Reglamentación del proceso de NSO
  • Decreto 219 de 1998: Regulación nacional complementaria

Definición de Producto Cosmético

Se considera producto cosmético toda sustancia o formulación de aplicación local destinada a ser puesta en contacto con las partes superficiales del cuerpo humano (epidermis, sistema capilar, uñas, labios y órganos genitales externos) o con los dientes y las mucosas bucales, con el fin exclusivo o principal de limpiarlos, perfumarlos, modificar su aspecto, protegerlos, mantenerlos en buen estado o corregir los olores corporales.

Proceso de Notificación Sanitaria

1. Preparación de la Documentación

  • Formulación cualitativa y cuantitativa completa (nomenclatura INCI)
  • Especificaciones del producto terminado
  • Metodología analítica y resultados de control de calidad
  • Justificación de las funciones atribuidas al producto
  • Información sobre el material de envase
  • Proyecto de arte del envase y etiquetado

2. Presentación ante INVIMA

  • Registro en la plataforma en línea del INVIMA
  • Carga de documentación digitalizada
  • Pago de la tarifa correspondiente

3. Evaluación y Aprobación

El INVIMA evalúa la documentación y puede:

  • Aprobar la NSO (vigencia indefinida, sujeta a vigilancia)
  • Solicitar información adicional o correcciones
  • Rechazar la solicitud (con posibilidad de recurso)

Cosméticos con Restricciones Especiales

Ciertos ingredientes requieren evaluación de seguridad adicional:

  • Colorantes permitidos (Anexo III de la Decisión 516)
  • Filtros UV (con concentraciones máximas establecidas)
  • Conservantes (concentraciones reguladas)
  • Ingredientes con restricciones de uso (peróxidos, ácidos, etc.)

Nuestro equipo puede gestionar la Notificación Sanitaria completa de sus productos cosméticos. Solicite información.

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